Los principales mitos mineros, refutados
1- ¿La minería le quita agua al agro?
Todas las concesiones tienen sus derechos de agua y no hay contraposición entre unas y otras. Las concesiones agrícolas se otorgan en una unidad que es la hectárea, porque es la única concesión vinculada a la tierra; todas las otras concesiones se otorgan en una medida de caudal que es litro por segundo (l/s).
En el caso de la minería, el caudal de litros por segundo que hoy están otorgados a Veladero, Pascua Lama, Pachón, Casposo y Gualcamayo, suman entre todas ellas el equivalente a 1.500 litros por segundo aproximadamente, esto es el equivalente a 1.500 hectáreas de agua para la agricultura. Según Jorge Millón, secretario de Recursos Hídricos a cargo de Hidráulica en San Juan, el total de zonas cultivables en la provincia suma 160.000 hectáreas de derechos de agua. “El equivalente de 1.500 hectáreas que es lo que usa la minería, sobre 160.000 hectáreas concesionadas para la agricultura, más o menos equivale al 1 por ciento”, detalló.
2- ¿Se arroja sustancias tóxicas al río?
Son numerosas las normas nacionales y provinciales por las cuales el Estado se rige en materia de legislación medioambiental. En el caso de normas provinciales pueden citarse la Ley 5824, para la preservación de los recursos de agua, suelo y aire y control de la contaminación en la provincia de San Juan; Ley 6.571, vinculada a la evaluación del impacto ambiental; Ley 6.634, también conocida como Ley General del Ambiente, la cual reúne principios rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente provincial. En este sentido y en vinculación con el desecho de sustancias tóxicas, el artículo 4 de la Ley 5824 establece: “Prohíbase el vuelco de residuos sólidos, áridos, escombros o basuras, cualquiera sea su cantidad o calidad, a los distintos cuerpos receptores de la provincia. El destino final de los residuos indicados precedentemente será determinado por el municipio correspondiente”.
Para tranquilidad de la población, las empresas mineras llevan adelante los denominados “monitoreos participativos”, programas en los que participan directamente representantes elegidos por las comunidades, quienes tras ser capacitados para tales efectos se encargan de recoger personalmente las muestras de agua desde sus fuentes de origen y llevarlas a laboratorios independientes debidamente certificados. Estos monitoreos se realizan en virtud de las obligaciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
3 – ¿La minería contamina con cianuro?
Existen minas como Cerro Vanguardia en Santa Cruz, que tienen una planta de reciclado de cianuro mediante un sistema conocido como Cyanisorb. A través de esta planta puede recuperarse casi la totalidad del reactivo, lo que se traduce en reducción de costos para la empresa y un caso concreto de aplicación de tecnologías amigables con el medio ambiente.
El uso del cianuro está reglamentado bajo normas internacionales como el Código Internacional de Manejo del Cianuro. El objetivo de Código es mejorar el manejo del cianuro utilizado en la minería del oro y ayudar en la protección de la salud humana y en la reducción de impactos ambientales. El programa se centra exclusivamente en el manejo seguro del cianuro, relaves de molienda, de cianidación y soluciones de lixiviación. Las compañías mineras de oro, los fabricantes de cianuro y transportistas de cianuro que se convierten en signatario del Código deben ordenar una auditoría de sus operaciones cada tres años por parte de un tercero independiente a fin de demostrar su cumplimiento del Código. Las operaciones que se cumplen con los requisitos del Código reciben certificación.
4 – ¿La minería destruye montañas?
En el país, la Ley 24.585 de protección ambiental para la minería, establece en su contenido la obligatoriedad de presentación del informe de impacto ambiental (IIA) para todas las etapas de desarrollo de la actividad minera, antes de su inicio, y la facultad de emitir la correspondiente declaración de impacto ambiental (DIA) por parte de las autoridades provinciales de aplicación.
Al momento de evaluar dicho Informe, las autoridades de aplicación decidirán si las medidas preventivas propuestas por el concesionario del proyecto minero en el IIA, bajo el título de Plan de Manejo Ambiental, incluyen las medidas y acciones de prevención y mitigación del impacto ambiental, rehabilitación o recomposición del medio alterado, y acciones referidas al plan de monitoreo, cese y abandono y monitoreo post-cierre de las operaciones.
5 – ¿La minería destruye glaciares?
“La minería, de acuerdo al desarrollo actual y por lo menos en la provincia de San Juan, no destruye glaciares puesto que las actividades mineras que se están desarrollando, tanto las que están a mayor altura como Veladero y El Pachón, como las demás, no se encuentran a una altura que supere los 3.500 metros o 4.000 metros. Considerando que la altura de preservación de los glaciares es de 4.600 a 4.800 metros en invierno y a 5.000 metros en verano, esto pone en evidencia que no hay relación alguna entre una zona de explotación industrial como la minería y la zona glaciocénica donde se desarrollan los glaciares principalmente”, explicó Silvio Peralta, quien se desempeña como director del Instituto de Geología (INGEO) de la UNSJ, unidad ejecutora que el año pasado llevó a cabo el Inventario Preliminar de los Glaciares de la Provincia de San Juan.
Al respecto resulta necesario aclarar que existe varios tipos de glaciares: los glaciares cubiertos y descubiertos que se encuentran por encima de la isoterma de 0 grado, es decir, por encima de 4.800 metros en invierno, y los glaciares de escombro que se encuentran en ambientes de ámbito periglaciar, generalmente por debajo de esta altura. Son los ubicados en una posición altitudinal baja y que prácticamente interactúan con las zonas de explotación minera. “La minería está situada generalmente en zonas próximas a los glaciares de escombro. Por ejemplo, los glaciares de escombro en el área de Veladero, he visto que están emplazados en torno a la explotación del yacimiento pero de ninguna manera el yacimiento está emplazado sobre algún tipo de glaciar de escombro. En tal caso, y para tener certezas de que no existen afectaciones, corresponderá al Estado los controles pertinentes”, detalló el académico.
Fuente: Diario de Cuyo (7/5/2011)